domingo, 14 de febrero de 2010

Revalorización de las pensiones

Bueno después del gran susto que nos han dado  los gobernantes con otro de sus ya famosos "globos sonda" en la que proponian el subir los años desde los 65 años actuales, hasta los 67 años,. Ahora nos toca poner otra vez los pies sobre la tierra después del maremagnum de noticias que fueron allí y allá creando un malestar  entre las personas que estaban a punto de jubilarse o bien les falta ya realemente poquito Y... al aterrizar pues como es lógico nos encontramos con la revalorización que toca para este año de las pensiones. Aquí no voy a profundizar en como aplicar dicho recalculo, solo mentaré los incrementos a destacar. Eso sí, que no extrañe a nadie que un día me dé por públicar mi manera de como hacer los calculos, pero por ahora en la página web de la Seguridad Social, tienen una herramienta informática, para que cada cuál pueda hacerse una composición de como le queda su jubilación (según dicen ellos en la página, la aplicación es meramente orientativa). Yo expongo ahora solo los incrementos que son los que se han citado  en el R.D 2007/2009, del 23 de diciembre, sobrerevalorización de las pensiones del sistema de la seguridad social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2010.

El crecimiento negativo de la economía también se ha notado en la revalorización de las pensiones. Con un carácter general sólo se incrementaran en un 1 % para una gran mayoria de los pensionistas. Aún así la nota a destacar, tenemos que hay tambien subidas entre el 2% y el 5,5 % en las pensiones mínimas, sobre todo para jubilados mayores de 65 años Viudos/as. Por ello cito a continuación la relación de los porcentajes que hay que destacar este año y son:

Incremento Gral.1%
Incapacidad Permanente y Jubilación : Entre el  2% y el 4,86 %
Viudedad :    Entre el  2% y el 4,86 %
Pensiones SOVI2% 

Limites máximo de la pensión para su revalorización :  2466,20 €/mes
Pensión de jubilación e invalidez (no contributivas): 4755,80 €/mes

Por ahora estos son los datos más destacables que se publica en la página de la Seguridad social

jueves, 11 de febrero de 2010

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Bueno por ahora os dire que se publicó el día 30 de Diciembre de 2009 en el R.D 2030/2009 el nuevo salario mínimo interprofesional para el año 2010.  Como es lógico esto se hace en cumplimiento del mandato al gobierno para fijar anualmente el salario mínimo, que está contenido en el art. 27.1 de la ley del estatuto de los trabajadores. Las nuevas cuantias deberían estar vigentes desde el 1 de enero del 2010, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para el personal al servicio del hogar.

  Las nuevas cuantias, representan un 1,5% respecto a las anteriores del 2009, y son el resultado de tomar en consideración todos los factores contemplados de forma conjunta en el art.27.1 del E.T(estatuto del trabajador).

Asi que tenemos que el artículo 1 de dicho Real Decreto, se cita la cuantia.:
"Art.1: El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,11 €/día o, 633,30 €/mes según que el salario esté fijado por días o por meses. 
     En el salario mínimo se comutan tanto la retribución en dinero como en especie. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario laparte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada infferior se percibirá a prorrata....."

Sorry!!!!

Hola amigos me tendreís que perdonar por no haber escrito nada en el blog en tanto tiempo, después de que prometí escribir a díario un tema. Bueno os pido perdón por este motivo, debido a que los estudios me han tenido muy muy muy pero que muy ocupado. Espero pronto poder escribir algo de todo lo que prometí, un saludo y felices días.